martes, 7 de enero de 2014

Prórroga para Vales de Despensa Electrónicos

El pasado 30 de Diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Resolución Miscelánea Fiscal 2014 donde se señala que aquellos patrones que aún no entreguen a su personal los Vales de Despensa electrónicos, podrán seguir deduciéndolos en el primer semestre de 2014 cumpliendo los requisitos del Artículo 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Les transcribimos el fundamento:

                          Deducción de vales de despensa entregados a los trabajadores
I.3.3.1.34.        Para los efectos del artículo 27, fracción XI, primer párrafo de la Ley del ISR, el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2014, los patrones que otorguen en forma general en beneficio de todos los trabajadores, vales de despensa y se rediman o canjeen en un plazo no mayor de 30 dias posteriores a la entrega, podrán deducirlos aun cuando su entrega no se realice a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el SAT, siempre y cuando cumplan los demás requisitos de deducibilidad que establece el artículo antes citado.

                        

Pueden consultar la Resolución Miscelánea Fiscal 2014 en http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/legislacion/52_26369.html

Con información del SAT.

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